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Robo de bebés, adopciones forzosas, granjas de bebés y gestación subrogada: todo la misma aberración

Por Ana Trejo Pulido, creadora de Stop Vientres de Alquiler


Capítulo 10 del libro «En el nombre del padre: Explotación de mujeres con fines reproductivos y venta de bebés recién nacidos. Diez puntos básicos para conocer toda la verdad sobre el alquiler de vientres». Autora: Ana Trejo Pulido.

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Desde hace más de 60 años se ha ido configurando a nivel mundial un potente y lucrativo mercado ilegal de bebés sustentado en la explotación sexual reproductiva de mujeres vulnerables a través de tres mecanismos: el robo de bebés, las adopciones forzosas de recién nacidos y las granjas de bebés.

En España, desde el año 2011 se han presentado miles de denuncias por casos de sustracciones de menores, por hechos comúnmente englobados bajo la denominación de bebés robados, sin que las víctimas hayan logrado encontrar la respuesta y el apoyo necesario a sus demandas por parte de los poderes públicos[1]. Las asociaciones de víctimas siguen pidiendo justicia, reclamando que se impulsen las investigaciones presentadas en distintos juzgados y que el Tribunal Supremo se pronuncie en contra de la prescripción de esas causas[2].

Mientras tanto, en 2013 el gobierno australiano pidió perdón por las miles de adopciones forzosas que se dieron en este país entre 1950 y 1970. Desde 2013, Australia ha destinado 17,2 millones de dólares para ayudar a las personas afectadas por las prácticas de adopción forzada[3].

En cuanto a Nigeria, desde 2006 la “producción y venta de bebés” se ha vuelto más peligrosa y compleja. Los traficantes llevan a niñas adolescentes y mujeres jóvenes a las llamadas fábricas de bebés, que suelen estar camufladas como clínicas de fertilidad u ONGs[4], con falsas promesas de trabajo o de abortos seguros. Allí son retenidas y obligadas a dar a luz. Algunas de las víctimas son traficadas mientras están embarazadas; otras son embarazadas posteriormente por hombres contratados para tales fines. Sus bebés son vendidos para adopción internacional o nacional, rituales, trabajo esclavo o explotación sexual[5].

A este ilícito mercado internacional de criaturas a través del robo de bebés, las fábricas de recién nacidos y las adopciones forzosas, se suma desde 1970 la práctica de la maternidad subrogada, gestación subrogada o gestación por sustitución.

Lo que tienen en común todas estas modalidades de explotación reproductiva, es que una mujer es utilizada como útero-fábrica para producir una criatura que le será arrebatada, esta vez, con su supuesto consentimiento y aparentemente sin coerción. En todos los casos se comercia con un bebé. El bebé es la mercancía por la que los compradores pagan. En todos los casos la transacción se realiza por medio de varios intermediarios que obtienen los mayores beneficios derivados de la venta del bebé y la explotación sexual reproductiva de la mujer. En todos los casos, los Estados promueven, o son cómplices de la explotación de mujeres y la venta de sus criaturas al no desplegar medidas contundentes que frenen el mercado de la maternidad.

Uno de los elementos distintivos de la subrogación, frente al resto de formas de explotación reproductiva, es la tecnología de reproducción humana asistida (TRHA) y los conocimientos científicos sobre fecundación humana artificial utilizados. Las TRHA hacen posible que estos bebés robados estén relacionados genéticamente con los compradores (generalmente con la persona que postula a padre, en el caso de parejas heterosexuales; y con uno de los dos miembros de la pareja, en el caso de parejas homosexuales); o al menos, hayan sido concebidos a partir de los gametos seleccionados y comprados por dichas personas. Las TRHA, incluida la necesaria para la conservación y transporte internacional de embriones y gametos; junto a la digitalización del negocio, ha permitido a la industria reproductiva, especializar, deslocalizar y globalizar la fabricación y el mercado de bebés, convirtiendo la capacidad reproductiva de las mujeres en un recurso público disponible para ser explotado por las empresas intermediarias, particulares y los Estados; y a los bebés en objetos de transacción comercial.

Otro de los elementos distintivos sería el supuesto consentimiento. Mientras que los bebés robados, las adopciones forzosas y las granjas de bebés, se inscriben en prácticas de explotación reproductiva sustentadas en la coerción y el uso de la violencia más o menos explícita, la gestación subrogada tiene lugar en sociedades formalmente igualitarias en las que las mujeres, “libremente”, consienten participar en estos acuerdos y poner al servicio de los deseos de terceros su cuerpo reproductivo, su vida entera, y entregar a su propia criatura, generalmente, a personas desconocidas. Sin embargo, la carencia de opciones y oportunidades, el bajo nivel educativo, la pobreza y el desempleo al que son relegadas las mujeres; el déficit de políticas públicas que mejoren las condiciones de vida de éstas; la socialización femenina en los valores de sacrificio, abnegación y entrega; la demanda de los compradores; la presión de la industria captando mujeres desesperadas, a través de reclutadores locales en los entornos socioeconómicos más desfavorecidos y mediante una agresiva publicidad offline y online; configuran el contexto real en el cual está teniendo lugar esta explotación de los cuerpos de las mujeres y desmonta la falacia de la libre elección.

Resulta inmoral apelar al libre consentimiento en sociedades profundamente desiguales, donde las mujeres siguen siendo discriminadas en todos los ámbitos. Resulta inmoral el argumento de los compradores e intermediarios que eluden toda responsabilidad sobre la explotación a la que someten a las mujeres, cuando utilizan el argumento de la libertad y la autonomía de la mujer para enmascarar la coerción y la violencia implícita que conlleva la enajenación del propio deseo materno.

Los lobbies de interesados; tanto la industria, como los compradores; presionan a los gobiernos y despliegan toda su artillería propagandística para que la subrogación sea aceptada en todo el mundo en el marco de un inexistente derecho a tener hijos. Se presenta la subrogación como un acto de generosidad y un ejercicio de libertad y autonomía, sin embargo, se obvia que por lo general, el nivel de “altruismo” y generosidad está directamente relacionado con la falta de recursos y con la carencia de buenas opciones. Son las mujeres pobres las que se ven obligadas a poner su cuerpo y su vida entera a disposición de terceras personas, perdiendo precisamente su libertad y autonomía en cuanto firman el contrato de subrogación.

Las feministas estamos en contra de la maternidad subrogada, porque estamos en contra de la imposición de la maternidad como mandato, como destino obligatorio para las mujeres, ya sea por razones culturales o sociales o; como en el caso de la subrogación por la pobreza y la falta de recursos. El deseo materno, al igual que el deseo sexual solo nos pertenece a nosotras y no puede ser enajenado, violentado y explotado.

Mientras que el robo de bebés, las adopciones forzosas y las granjas de criaturas se reconocen como ilegales y un atentado a los derechos humanos, la explotación reproductiva de las mujeres a través de la gestación subrogada pugna por dibujarse, tanto en el imaginario colectivo, como a nivel legislativo y normativo; como una técnica médica de reproducción asistida y un derecho para las personas que no pueden tener sus propios hijos e hijas por razones médicas, biológicas o sociales. La utilización de tecnología de reproducción asistida, el contexto médico y jurídico que envuelve la práctica de la subrogación, con sus batas blancas, salas de ecografía, despachos de abogados y la firma de contratos; junto a todos los eufemismos que adornan esta práctica, no la despoja, por mucho que se empeñen compradores, intermediarios y los Estados que han legalizado esta práctica, de su carácter violento.

La gestación subrogada no es más que la versión contemporánea de la explotación de mujeres con fines reproductivos y venta de bebés recién nacidos. Es explotación reproductiva porque cosifica, instrumentaliza y mercantiliza tanto a la mujer, como al recién nacido.

Los acuerdos de subrogación enajenan, alienan y explotan la maternidad y banalizan los importantes vínculos biológicos y afectivos que se desarrollan durante el embarazo entre la mujer y el futuro bebé. La gestación subrogada es explotación reproductiva porque introduce conscientemente riesgos para la salud de la madre y el futuro bebé, riesgos que son inherentes al contrato de subrogación. Los contratos de subrogación representan un ataque brutal a la soberanía sexual y reproductiva de las mujeres, a la soberanía sobre el propio deseo materno que se enmarca exclusivamente en el proyecto vital y personal de cada mujer. Así mismo, implica una vulneración de derechos humanos fundamentales: derecho de filiación, derecho a la salud materna y reproductiva, derecho a la autodeterminación sobre el propio cuerpo, derecho al libre desarrollo de la personalidad, derecho a la intimidad, a la confidencialidad médica, derecho a la dignidad, a la integridad física y moral; y derecho a no ser vendida, traficada, ni explotada sexualmente.

Desde el punto de vista del recién nacido la explotación reproductiva fragmenta al recién nacido en materia de identidad y orígenes de forma deliberada, violando su derecho humano a conocer su origen y su identidad y a ser cuidado por sus padres, incluida su madre biológica. Convierte al recién nacido en un objeto comercial de lujo, del que se pueden elegir el sexo, así como otras características físicas. Lo convierte en un producto con garantías, que puede ser rechazado si no satisface las exigencias de las personas que han pagado para que nazca. Finalmente, la explotación reproductiva ignora el interés superior del menor, al ignorar la necesidad del recién nacido de cuerpo materno, de ser cuidado por su madre y anteponiendo los deseos de los compradores a las necesidades del bebé.

 

Por todo esto, es absolutamente necesario y urgente, a nivel estatal, realizar las reformas necesarias para combatir la explotación reproductiva recogidas en la Agenda feminista contra la práctica del alquiler de vientres y la prostitución[6] impulsada por No Somos Vasija, la Red Estatal Contra el Alquiler de Vientres y Stop Vientres de Alquiler, que incluye las siguientes propuestas:

  • Anulación de la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.
  • Modificación de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, de 26 de mayo de 2006 para que, de modo fehaciente, sin que dé lugar a interpretación posible, se considere explícitamente la ilicitud de la mal llamada “gestación por sustitución”, incurriendo en una tipificación de delito punible y sancionable aquellas personas que opten por esta práctica. La modificación de esta norma ha de incluir también la sustitución del concepto ‘gestación por sustitución’ por el de “alquiler de vientres” o en su defecto por la expresión “explotación reproductiva”.
  • Prohibición de realizar en territorio español cualquier actividad relacionada con la intermediación que faciliten el acceso a estas prácticas en terceros países. Esta prohibición ha de ir acompañada del catálogo de sanciones a agencias, bufetes, entidades de crédito o financieras y profesionales independientes que incurran en la promoción o facilitación de una práctica ilegal en España.
  • Reforma de la Ley General de Publicidad (LGP) de España a fin de incluir como publicidad ilícita cualquier acto o propaganda relacionada con la promoción y venta de productos, bienes, actividades o servicios, relacionados con el alquiler de mujeres para la reproducción de seres humanos.
  • Reforma de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en su TÍTULO III para incluir expresamente como atentatorio de la igualdad la publicidad relacionada con el alquiler de mujeres como gestantes para la reproducción de seres humanos.
  • Revisar el Registro de Asociaciones de España a fin de cotejar qué organizaciones, constituidas hasta el momento, vulneran el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, por perseguir estos fines, y utilizar medios para promover prácticas que deben ser tipificadas como delito.
  • Prohibir la concurrencia a las subvenciones públicas a las personas físicas o jurídicas cuyos fines, objetivos, o actividades para las que solicitan la subvención o ayuda pública, estén relacionados con la práctica, intermediación o fomento y promoción del alquiler de vientres.
  • Subsanar a nivel del ordenamiento jurídico laboral la equiparación que se está haciendo del alquiler de vientres con la maternidad biológica, adopción y acogimiento, a través del reconocimiento por parte de la Seguridad Social de los permisos de paternidad/maternidad en los casos de “subrogación”, tanto a nivel estatal como en algunas CC. AA para su personal funcionario.
  • Excluir la aberrante tendencia en la promulgación de leyes sobre igualdad social de colectivos LGBTI (lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales) de equiparar el alquiler de vientres con la maternidad biológica, adopción y acogimiento como es el caso de la Ley de Murcia y Extremadura.

Finalmente es necesario que a nivel internacional se desarrolle un instrumento específico que prohíba la gestación subrogada. Un instrumento jurídicamente vinculante que establezca un conjunto de normas para combatir la explotación de mujeres con fines reproductivos y la venta de sus bebés, en la línea del Convenio de Estambul o la Convención sobre la Esclavitud. En octubre de 2020, la Coalición Internacional para la Abolición de la Gestación por Sustitución, integrada por cientos de asociaciones feministas a nivel mundial, lanzó un proyecto de Convención Internacional para la Abolición de la Gestación por Sustitución[7], que debería ser impulsado por las autoridades y poderes públicos de los principales países prohibicionistas al más alto nivel, incluido España y el Consejo de Europa, a fin de prohibir y perseguir en todo el mundo esta forma de violencia contra las mujeres y las criaturas, que no es más que la versión contemporánea de la explotación reproductiva de las mujeres y la venta de bebés, un mercado de la vida humana multimillonario, contrario a los derechos humanos del derecho internacional y por lo tanto inaceptable.


 

[1] Véase el informe recientemente publicado, Amnistía Internacional Sección Española, (2021). “Tiempo de verdad y de justicia. Vulneraciones de derechos humanos en los casos de bebés robados”. https://doc.es.amnesty.org/ms-opac/doc?q=Tiempo+de+verdad&start=0&rows=1&sort=fecha%20desc&fq=norm&fv=

[2] Véase, Redacción. (2020). Víctimas del robo de bebés piden justicia y rechazan el archivo de sus casos. Retrieved April 1, 2021, from La Vanguardia website: https://www.lavanguardia.com/vida/20200127/473163117180/victimas-del-robo-de-bebes-piden-justicia-y-rechazan-el-archivo-de-sus-casos.html

[3] Véase, National Apology for Forced Adoptions (s/f). Australian Government. https://www.ag.gov.au/families-and-marriage/national-apology-forced-adoptions

[4] Alabi, O. J. (2018). “Socioeconomic dynamism and the growth of baby factories in Nigeria”. SAGE Open, 8(2), 215824401877911. https://journals.sagepub.com/doi/10.1177/2158244018779115#bibr2-2158244018779115

[5] Huntley, Svetlana S. (2013). “The phenomenon of “baby factories” in Nigeria as a new trend in human trafficking”. ICD Brief 3. http://www.internationalcrimesdatabase.org/upload/documents/20140916T170728-ICDpor ciento20Briefpor ciento203por ciento20-por ciento20Huntley.pdf

[6] No Somos Vasijas, Red Estatal contra el Alquiler de Vientres (RECAV) y Stop Vientres de Alquiler. (2019). Op.cit.

[7] Coalición Internacional para la Abolición de la Gestación por Sustitución (CIAMS). (2020, octubre 9). Convención Internacional para la Abolición de la Gestación por Sustitución. Recuperado el 16 de abril de 2021, de Abolition-ms.org website: http://abolition-ms.org/es/noticias/convencion-internacional-para-la-abolicion-de-la-gestacion-por-sustitucion/

 

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